Ley de segunda oportunidad: le perdonan una deuda de casi 4 millones de euros

Los jueces pueden perdonar las deudas a quienes actuaron de buena fe y liquiden todos sus bienes

Ley de segunda oportunidad: le perdonan una deuda de casi 4 millones de euros
Victor Bitrián, este viernes en Barcelona (Mané Espinosa)

LALO AGUSTINA, BARCELONA 11/11/2019 11:39 | Actualizado a 11/11/2019 13:57

El barcelonés Víctor Bitrián respira por fin aliviado tras un larguísimo periodo de sufrimiento extremo. En el 2016, mucho después de que se fuera al traste el proyecto de su vida –un hotel rural en Jiloca (Teruel) al que la crisis se llevó por delante en el 2011–, Bitrián inició el proceso para acogerse a la ley de la segunda oportunidad, un procedimiento concursal aprobado en España sólo un año antes por el que se puede conseguir la exoneración de las deudas de las personas físicas, sean empresarios o particulares.

El juez Raúl García Orejudo le liberó de los casi cuatro millones de euros que le exigían los acreedores financieros por su condición de avalista. Bitrián, asesorado por el abogado Juli de Miquel, intentó llegar a un acuerdo imposible con los acreedores, se declaró en concurso de acreedores, liquidó todos sus bienes –el piso familiar en Rubí y una finca sin apenas valor en Huesca– y pidió después el llamado beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, que le fue concedido la semana pasada.

La salida de las deudas

“He llorado mucho, lo he pasado muy mal”, reconoce Bitrián

Ya es libre. En los últimos tres años, con el sueldo intervenido por el administrador concursal –al que tenía que pedir permiso para cualquier gasto extraordinario, como los aparatos dentales que precisaba uno de sus dos hijos–, su vida ha sido un infierno. “He llorado mucho, lo he pasado muy mal. Cuando te pasa lo que a mí, te quedas sin nada. Por supuesto, sin tarjeta de crédito. Con la línea de teléfono a nombre de mi suegra. En un continuo sobresalto. Sales adelante gracias a los amigos”, relata Bitrián, emocionado.

En el mundo empresarial, un fracaso absoluto conduce a la liquidación o a la pérdida de control de la sociedad. En el plano personal, cuando un empresario se declaraba insolvente lo pagaba toda su vida. Bitrián hubiera acabado así, en la marginalidad social, proscrito para siempre.

Imagen de la Ciutat de la Justícia, en Barcelona
Imagen de la Ciutat de la Justícia, en Barcelona (Ana Jiménez)

La segunda oportunidad que le da ahora la justicia presupone, obviamente, la buena fe. El concurso que acabó con su empresa fue declarado fortuito, es decir, no culpable. Y el juez constató que el empresario había actuado correctamente y que no le salieron las cosas. 

Hoy, hace autocrítica –“tuve que ser más riguroso, medir mejor los riesgos”, admite–, pero también reparte culpas. “En octubre del 2008, un mes después de la caída de Lehman Brothers, fui a ver a uno de los grandes financiadores del hotel y les planteé esperar. Me dijeron que no y seguimos. Al poco tiempo, empezaron las obras…”.

Proceso

Lograr la exoneración de las deudas no es fácil

En nada llegaría el siniestro total. Aunque Bitrián puede contarlo, no es tan fácil lograr la exoneración de las deudas. Para empezar, hace falta dinero –no menos de 10.000 o 15.000 euros– en un momento en el que brilla por su ausencia. Además, el procedimiento para lograr el perdón judicial a la deuda es complejo y, para la mayoría de los potenciales beneficiarios, desconocido. 

Sin embargo, aunque muy lentamente, la ley empieza a coger vuelo. Sobre todo, en Catalunya, de donde corresponde un tercio de los 1.250 concursos presentados por ciudadanos corrientes en el segundo trimestre de este año –según los últimos datos disponibles del Consejo General del Poder Judicia– y 208 de los casi 300 concursos de empresarios.

Elisa Escolà, asociada de Fieldfisher Jausas y miembro de la sección de Derecho Concursal del Colegio de Abogados de Barcelona, cree que hay que felicitarse de que la ley ya esté funcionando, como evidencian los datos. Pese a eso, critica la pérdida de tiempo que supone el deber de intentar un acuerdo extrajudicial o las tensiones derivadas de la intervención de los gastos del empresario por parte del administrador concursal, entre otros factores.

FUENTE: LA VANGUARDIA

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