La resolución considera que la entidad bancaria cobró una comisión por descubierto que no se correspondía con ningún servicio prestado
LYDIA ISPOLA DE SIERO. Viernes, 15 diciembre 2017, 00:49
La sección quinta de la Audiencia Provincial de Asturias ha condenado a una entidad bancaria a abonar 27.539,62 euros a una empresa de Siero en concepto de comisiones por descubierto y comisiones por devolución de efectos impagados.
La compañía, a la que presta servicio jurídico Celestino García Carreño, presentó un recurso de apelación tras una sentencia dictada en septiembre por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Siero, que desestimó la demanda en la que solicitaba la devolución de las cantidades abonadas derivadas del contrato de una cuenta corriente en el que estaba fijada una comisión por descubierto de 3,2% con mínimo de seis euros y una comisión por la gestión de reclamación de posiciones deudoras de treinta euros. El letrado, con despacho en Avilés, está especializado en demandas contra la banca en materia de comisiones, usura y cláusulas abusivas.
El fallo de primera instancia sostenía que las comisiones eran lícitas, sin embargo, la resolución de la Audiencia Provincial -contra la que cabe recurso de casación y/o extraordinario por infracción procesal-, recoge que «aparece pactado un interés moratorio que se va a aplicar a los descubiertos, por lo que podría darse una duplicidad al aplicar dichas comisiones, que no corresponderían a ningún servicio prestado, ya que se vería remunerado por los intereses de demora». La cantidad ascendía a 24.547,13 euros.
Por otro lado, en cuanto a las comisiones por devolución de efectos impagados, el tribunal considera que «la entidad ha adelantado un importe que luego no resulta cobrado y sí supone un previo servicio», por lo que desestima la reclamación de la empresa en este punto. No obstante reduce en 2.992,49 euros la cifra cobrada, una cantidad que también tendrá que devolver la entidad.